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viernes, 11 de mayo de 2018

La DGT da luz verde al permiso de conducción B hasta 4,250 kg para vehículos ecológicos


De acuerdo con la nueva normativa de la DGT, los conductores españoles que posean un permiso de conducción B, con al menos dos años de antigüedad, estarán capacitados para conducir vehículos ecológicos de hasta 4.250 kilos.

Esto significa que con la nueva normativa no será necesario estar en posesión de la licencia de tipo C, que se exigía para la conducción de vehículos de más de 3.500 kg de MMA (Masa Máxima Autorizada); naturalmente, estamos hablando de un vehículo ecológico cuyo peso máximo no debe exceder los 4.250 kg.

Los vehículos ecológicos tienen un peso añadido debido a baterías, etc.
De esta forma la DGT compensa el exceso de ese peso que incide en los vehículos ecológicos. El sector de la patronal había alzado la voz con respecto a este tema en diversas ocasiones, pidiendo a la administración pública que atendiese este desajuste.

Los vehículos ecológicos necesitan estímulo
De acuerdo con el secretario general de UNO, Francisco Aranda, "es una decisión fundamental para incentivar el uso de vehículos ecológicos en el sector logístico español, para favorecer la expansión del uso de este tipo de vehículos en el sector y eliminar las barreras que existían para ello".

Esta última modificación en el reglamento se suma a la ya aprobada reforma que adapta la normativa para permitir que los vehículos de combustibles alternativos, como gas natural, gas licuado, electricidad o hidrógeno, puedan aumentar hasta en una tonelada su Masa Máxima Autorizada (MMA).

Según Aranda, la medida está dirigida a normalizar la puesta en maracha en el marco de la Unión Europea. Suecia y Alemania ya se han sumado a este cambio.

viernes, 20 de abril de 2018

Atención conductores, nuevos radares móviles de última tecnología

La DGT ya cuenta con radares móviles que se han estrenado durante la Semana Santa. Son miniradares con tecnología láser que pueden ser colocados fácilmente en cualquier sitio. 


Según manifiesta el fabricante, Invia Sistemas, puede ajustarse para funcionar en menos de un minuto. La gestión del radar está combinada con tabletas o dispositivos móviles que interactúan con el radar. 
En resumen, cuando detecta que vas a más velocidad de los estipulado, el aparatito en cuestión te saca una  fotografía.

Son dispositivos de la marca Velolaser que nada tienen que ver con la antigua tecnología, funcionan por wifi, 3G o 4G. Sin duda, son aparatos de alta precisión que pueden detectar a 50 metros, pero si es por redes inalámbricas el alcance es muy superior. La facilidades que tienen son enormes, los pueden colocar en los guardarrailes, sobre un pequeño trípode, encima un espejo lateral de un coche, etc. Tienen la capacidad de detectar las infracciones de día o de noche a velocidades de hasta 250 km/h.
Puesto que estos radares utilizan un sensor láser con características especiales, los inhibidores o detectores lo van a tener mucho más complicado.

En todo caso, la polémica está servida, la posible ilegalidad de este nuevo sistema ya ha recibido sendas denuncias como, por ejemplo, la Unión Internacional para la Defensa Motociclista, entre otros. 

Cabe mencionar que en Francia ya se está implantando este sistema. Es más, está siendo motivo de discordia, dado que su utilización está pensada para que lo gestionen empresas privadas.
Sin embargo, no sé porque me suena que esta es una batalla perdida.

viernes, 30 de marzo de 2018

Andalucía, se aprueba la nueva normativa para la regulación de autocaravanas

Viernes, 30 de marzo de 2018

El gobierno de Andalucía introduce una nueva normativa autonómica, dentro del paquete de medidas que regulan los alojamientos de camping por categorías y, como novedad, la clasificación de las áreas de servicio para autocaravanas. Se recuerda que las medidas fueron aprobadas el día 23 de enero de 2018, lo que significa que está vigente en la actualidad.

Áreas de autocaravanas
En lo que se refiere a las áreas de servicio y pernocta para autocaravanas, se establece un grupo único con una categoría específica para el sector del autocaravanismo. Los espacios estarán situados en zonas distintas a los parques camping, si bien podrán compartir ciertos servicios, estas deben asumir unas características y servicios de obligado cumplimiento en las instalaciones de una área de servicio. 

Por otra, dicha normativa prohíbe la acampada de cualquier tipo y en cualquier espacio, esto incluye las áreas de servicio para autocaravanas municipales y/o zonas de estacionamiento para autocaravanas de cualquier municipio de la región. 

viernes, 26 de enero de 2018

Francia, velocidad máxima para autocaravanas a 80 km/h

El gobierno francés anunció la reducción de velocidad para las autocaravanas a 80 km/h. La medida se aplicará en carreteras secundarias; el mismo límite que tienen establecido los camiones.


El Primer Ministro francés, Edouard Philippe, anunció, el día 9 de enero de 2018, oficialmente la intención del Gobierno de reducir el límite de velocidad para la autocaravanas en las carreteras secundarias a 80 km/h. Dicha medida entrará en vigor el día 1 de julio de 2018. 
Como era de esperar los autocaravanistas están obviamente preocupados, pues no han aceptado de buen grado la noticia; por tanto, ya anuncian que intentarán todas las medidas de presión posibles.

El objetivo es reducir el número de accidentes que en los últimos tiempos están sucediendo en las carreteras francesas.

No obstante, según comentarios en los foros de autocaravanistas, muchos piensan que esta medida puede propiciar más accidentes. 
Eso sí, la mayoría está de acuerdo en una idea común: esta nueva limitación más bien estaría dirigida a engrosar las arcas del estado, en lugar de mejorar la seguridad vial.

miércoles, 14 de diciembre de 2016

10 Consejos para el aparcamiento y la prevención de robo

Prevención de robo 

Por su seguridad, cuando aparque en la vía pública o en áreas no vigiladas, tenga en cuenta las siguientes sugerencias:


1. Si aparca o pernocta durante la noche, elija siempre zonas bien iluminadas -donde el aparcamiento esté permitido. Para largas estancias, y por su seguridad, es aconsejable que lo haga en un área o sitio designado para tal fin.

2. Durante el aparcamiento, se recomienda comprobar si existen restricciones (incluso aunque usted crea que dichas restricciones son incorrectas, hay otros cauces para dirimir los posibles incumplimientos de los ayuntamientos). El fin es evitar sorpresas no deseadas.


3. Evite aparcar en zonas muy turísticas, lugares centrales o de mucho ajetreo. Recuerde que los famosos puntos turísticos o lugares muy conocidos también son habituales para los amigos de lo ajeno.


4. Cuando esté aparcado en un sitio que desconozca, escriba la dirección del lugar de ubicación; en caso de emergencia, sería mucho más fácil llamar a la policía, asistencia médica, etc.


5. Cierre correctamente todas las puertas de su vehículo -incluso cuando esté dentro del mismo-, revise todas las ventanas y compartimentos.


6. Si en la parte trasera de vehículo lleva bicicleta o motocicleta, asegúrese de que esté correctamente sujeta, incluso durante el tiempo que permanezca aparcado. No facilite el robo de su bici o moto.


7. Si su autocaravana tiene una escalera en la parte trasera, es conveniente que la cambie por una plegable; así podría ser bloqueada con una tapa lisa o retirada cuando no esté en uso. Evite facilitar la subida al techo de su vehículo.


8. No deje objetos de valor en el salpicadero o cerca del parabrisas. Se trata, al menos, de no llamar la atención de los ladrones.


9. En caso de un largo viaje, recuerde ajustar su navegador GPS con un número de aparcamientos o áreas previamente comprobadas con "google maps". El navegador GPS es muy útil, pero -si no comprobamos la ruta- podríamos llevarnos sorpresas desagradables.


10. Si realiza un largo viaje, especialmente al extranjero, tenga a mano lo siguiente: 


  • Una libreta de notas con los principales números de emergencia (si bien el 112 es el número para la Unión Europea, pueden existir países -como los de reciente incorporación- que utilicen otro número); 
  • Direcciones y números de teléfono de consulados pertenecientes a los sitios a visitar; 
  • Un familiar o persona que pueda ser contactada en caso de emergencia. 

Nota: 
Es siempre recomendable llevar fotocopias de su pasaporte o DNI, Permiso de Conducción (también de los acompañantes); sobre todo, si viaja al extranjero, en caso de pérdida o robo, le será de gran ayuda para su identificación y/o tramitaciones para recobrar sus documentos.

Editado por www.autocaravaning.org 

miércoles, 19 de octubre de 2016

Avilés (Asturias), nueva ordenanza municipal sobre autocaravanas

Ayuntamiento de Avilés
El Boletín Oficial del Principado de Asturias ha publicado una nueva ordenanza municipal para la zona de Avilés.

La ordenanza se refiere a la regulación de las autocaravanas, ello implica el cumplimiento de unas normas establecidas, tales como la prohibición de desplegar ningún tipo aparejo o utensilio fuera del perímetro del vehículo.
Asimismo, está prohibido, entre otras cosas, lavar el vehículo o permanecer más de 48 horas.

Por otra parte, según se desprende de la publicación, las autocaravanas deberán aparcar en el sitio indicado para dichos vehículos.

Avilés se encuentra a 25 km de Gijón y a 27 km de la capital (Oviedo) y está comunicada a través de una amplia red de autovías, ferrocarril y autobús, siendo además uno de los principales puertos pesqueros y de mercancías de España.

Es una ciudad muy interesante. Tiene un reconocido conjunto patrimonio histórico artístico; además, hay muy buena gastronomía para complacer a todos los paladares.

domingo, 3 de julio de 2016

Los autocaravanistas sufren las malas prácticas de una minoria

Algunos autocaravanistas desconocen o hacen caso omiso del Código de la Buena Práctica 

A pesar de que los clubes se esfuerzan en recalcar dichas normas; por desgracia, algunos usuarios de autocaravana siguen sin entender que el perjuicio es para todos los autocaravanistas. 

Ante todo, no se trata aquí de esgrimir una voz acusadora contra los autocaravanistas, sino de proteger nuestra imagen, puesto que la mayoría somos responsables y correctos. Debemos lograr que todas las poblaciones que visitemos crean en nosotros y deseen volver a vernos. 

Las asociaciones autocaravanistas reciben quejas
Como autocaravanista, precisamente porque nos afecta a todos, a pesar de que nunca hubiera deseado escribir este artículo, conviene reconocer la ineludible necesidad de corregir estos hechos. Ha llegado a tal punto que las quejas son dirigidas por escrito a algunas de las principales asociaciones de autocaravanistas en distintas partes de España.
Ciertamente, las acusaciones que se vierten contra algunos usuarios de autocaravana no se pueden tomar a ligera. Es menester que haya un cambio de actitud en las malas prácticas que relacionan a una minoría del colectivo autocaravanista. 

La buena imagen del autocaravanista es nuestro mejor sello de identidad
Si bien es cierto que en muchas ocasiones han existido -y existen- extraños intereses (por no decir otra cosa), desde ciertos estamentos, con el fin de acusar o perseguir sin motivo a los autocaravanistas. Sin embargo, es evidente que aquí estamos hablando de algo muy distinto, nos referimos al buen hacer que debemos mantener los autocaravanistas en las zonas visitadas.

La tipificación de sanciones podría mejorar la situación
Sabido es que cuando un autocaravanista comete una transgresión, lo primero que hacen los ayuntamientos es acusar a todo el colectivo. Una de las actuaciones que se les ocurre, muy a menudo, es prohibir el estacionamiento en todo el municipio. Es evidente que esto es injusto. Pero la cosa sería totalmente distinta si el autocaravanista en cuestión abonase la correspondiente multa. 
Conviene aclarar que, en general, no existe una tipificación de multas a nivel nacional relacionadas con el autocaravanismo, como sucede con las infracciones de tráfico.
Seguramente, muchos creen que las cosas no se solucionan con multas, pero lo cierto es que no seríamos todos responsables de la mala acción de unos pocos.
Por mala fortuna, está comprobado que la palabra no siempre es suficiente para erradicar ciertas conductas.

Las malas prácticas
Las malas prácticas consisten en el mal uso que una minoría de autocaravanistas hace de su vehículo. Por este motivo, es necesario hacer hincapié sobre las situaciones que se deben evitar: 

  • No aparque en zonas en las que no está permitido (especialmente si dice prohibido autocaravanas); incluso aunque usted crea que es injusto, esa posibilidad debe dirimirse a través de los cauces correctos. Es imposible obtener algo a cambio, si empezamos rompiendo las reglas.
  • Cuando esté aparcado en zona pública, no coloque cuñas estabilizadoras en las ruedas, no despliegue mesas, sillas ni ningún otro objeto; en definitiva, no disponga de espacio que exceda el perímetro de la autocaravana.
  • Sobre todo, tenga en cuenta que no debe acampar en sitios que no están autorizados para tal fin. 
  • Respete las zonas que visite, no aparque delante de los escaparates ni obstruya ninguna exposición o exhibición de los comercios; más aún, en calles estrechas y con poca acera para los peatones.
  • Sea amable con el vecindario en las zonas que visite; aparte de que es correcto mantener las formas, ello hace que mantengamos una buena imagen y que deseen volver a vernos.

Muchas de las mencionadas recomendaciones puede parecer triviales, si bien es cierto que no es nada nuevo, pero conviene recordar que se trata de convencer a esa minoría de usuarios de autocaravana del grave perjuicio que están causando a todo el colectivo.

Apoyemos el esfuerzo de nuestros clubes
El deterioro de nuestra imagen solo beneficia a nuestros detractores, incluso ponemos en riesgo los lugares donde ya existen áreas de autocaravanas. Es más, no interesa tirar por la borda todo el esfuerzo que hacen los clubes autocaravanistas y sus colaboradores.

José I. González, 
autocaravanista

Descargue los 10 Consejos del Autocaravanista aquí

viernes, 4 de septiembre de 2015

Las autocaravanas no podrán ser discriminadas a la hora de estacionar

LA DGT UNIFICARÁ CRITERIOS PARA EVITAR LA DISCRIMINACIÓN EN EL ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS EN TODO EL TERRITORIO ESPAÑOL.

Finalmente, las autocaravanas tendrán los mismos derechos que un turismo a la hora de aparcar, siempre y cuando se atengan a las reglas de movilidad en autocaravana; asimismo, deberán respetar las restricciones genéricas de masas y dimensiones.
Esto quiere decir que los ayuntamientos y entidades locales tendrán que pensárselo muy bien antes de prohibir o multar el estacionamiento de autocaravanas.

Como recuerda FeuVert, solo porque una autocaravana es a la vez vehículo y alojamiento, tradicionalmente se ha visto sometida a leyes diferentes –de acampada o circulación–, según la comunidad autónoma, provincia o localidad. Una cuestión de competencias, como demuestra que en Toledo las autocaravanas pueden aparcar en la vía pública mientras que en Pamplona está prohibido.

En 2004 el Estado incluyó el vehículo autocaravana en el Reglamento General de Circulación y Estacionamiento de Vehículos a Motor, mientras que algunas autonomías y municipios ya habían regulado el autocaravanismo como actividad de turismo itinerante, sometida a las leyes de acampada. De ahí que en 2008 el Ministerio del Interior aprobase la Instrucción 08/V-74 de la DGT, que se establecía que «mientras un vehículo está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal, no es relevante que sus ocupantes se encuentren dentro, por lo que la autocaravana no es excepción, bastando que la actividad interna no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo, como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización...»
Es decir, mientras no se abran ventanas o desplieguen toldos, la autocaravana está aparcada y no, acampada.

Estacionar y acampar, conceptos distintos

Una autocaravana está aparcada y no acampada cuando:
- Solo está en contacto con el suelo a través de las ruedas —sin patas estabilizadoras ni otros artilugios—. En determinados casos, como aparcando en pendiente o con inclinación lateral acusada, los calzos en las ruedas pueden estar justificados.
- No ocupa más espacio que el de la autocaravana cerrada, sin ventanas abiertas —batientes o proyectables que pueden superar el perímetro del vehículo—, sillas, mesas, toldos extendidos...
- No se produce ninguna emisión o fluido, contaminante o no, salvo las propias de la combustión del motor a través del tubo de escape, o se lleven a cabo conductas incívicas y/o insalubres, como el vaciado de aguas en la vía pública. Y no se emiten ruidos molestos, como la puesta en marcha de un generador eléctrico en horario de descanso o durante el día en periodos prolongados.
Pero a día de hoy siguen siendo muchos los municipios que hacen caso omiso de la instrucción de la DGT y continúan prohibiendo el estacionamiento de autocaravanas en todo su término municipal, además de denunciando y multando por acampar —iincluso con el vehículo en un aparcamiento público—, con el argumento de que la estancia interior equivale a una acampada.

Una señal inexistente
Los autocaravanistas, sin embargo, se defienden solicitando la retirada de la señal de prohibido aparcar autocaravanas –que en el Reglamento no existe– o denunciando ordenanzas municipales en las que se prohíbe estacionar.
El blog furgoteta.blogspot.com.es recuerda que para argumentar con policías locales en situaciones conflictivas es conveniente llevar copias impresas del manual de movilidad en autocaravana, de la Instrucción 08/V-74 e incluso la carta que el Subdirector de Normativa y Recursos de la DGT envió a la Federación Española de Asociaciones Autocaravanistas (FEAA) indicando que la citada instrucción es de obligado cumplimiento a niveles nacional, autonómico y local.
Así las cosas, los ayuntamientos que se han resistido tendrán que modificar las ordenanzas que desarrollan sus competencias de tráfico y circulación de vehículos en todo lo relativo a autocaravanas. Y todo porque el nuevo Reglamento General de Circulación incluye cambios sustanciales a favor del autocaravanismo.

De hecho, define por primera vez el estacionamiento de estos vehículos igualándolo al resto de Europa. Así, los autocaravanistas tendrán la seguridad jurídica de no ser discriminados por aparcar: las administraciones locales solo podrán sancionarles si incumplan las condiciones reglamentarias, añadidas al artículo 92 del Reglamento o cuando se vean limitadas por restricciones genéricas de masas y dimensiones que afecten a todos los vehículos.

Fuente ABC

viernes, 3 de octubre de 2014

Las Autocaravanas y la Reforma del Reglamento General de Circulación

DGT - Ministerio de Interior
A pesar de las peticiones y negociaciones previas llevadas a cabo, tanto por "ASEICAR" como por las asociaciones de usuarios de autocaravanas con la DGT, el texto del borrador sobre la Reforma del Reglamento General de Circulación no incluye ninguna referencia a las autocaravanas, ni en lo referido al estacionamiento de estos vehículos. Por otra parte, se contempla la subida de velocidad máxima a 120 km/h para autocaravanas, pero no se ha incluido la petición de aumentar a 100 km/h la velocidad máxima de coche con caravana en autopistas y autovías.

El colectivo autocaravanista se encuentra decepcionado y traicionado por la Secretaría de Estado de Interior responsable de la redacción de este borrador, por entender que atenta contra los derechos de caravanistas y autocaravanistas. Al cierre de esta edición, tanto los servicios jurídicos de los usuarios como de "ASEICAR" habían presentado sus alegaciones contra este borrador y "ASEICAR" llevaba a cabo reuniones de alta esfera con responsables políticos para que se admitan esas alegaciones. Seguiremos informando.
Fuente: El Camping y su Mundo

lunes, 7 de abril de 2014

Rincón de la Victoria, Málaga



El ayuntamiento de Rincón de la Victoria, Málaga, impondrá sanciones a los autocaravanistas, en caso de incumplimiento de la normativa establecida.


El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga) regulará la estancia de autocaravanas en el término municipal. Así, este lunes el Pleno aprueba de forma definitiva una ordenanza en la que se contemplan sanciones que van desde los 50 a los 500 euros en caso de incumplimiento.

La concejala de Turismo, Marta Marín, ha indicado que esta ordenanza posibilita al Consistorio a establecer zonas de estacionamiento especiales para autocaravanas en las que se pueda pernoctar.

Asimismo, también se podrán crear puntos de encuentro en los que se contaría con una infraestructura mínima y de servicios, tales como acometida de agua potable, alcantarillado para el desagüe de aguas grises y negras, contenedores de basura, alumbrado público y conexión a la red eléctrica.

La estancia máxima dentro de estas áreas estará limitada a un máximo de 72 horas continuas durante una misma semana para garantizar la rotación y distribución equitativa para estos vehículos. Asimismo, requerirá de una autorización municipal por la que los usuarios pagarán una tasa en función de los servicios prestados.

En las zonas de estacionamiento estará expresamente prohibido sacar toldos, patas niveladoras, mesas, sillas, mobiliario doméstico, tendederos de ropa o el vertido de líquidos o basura. Serían los puntos de encuentro los que estarían habilitados para ello, ha aclarado la concejala. 
Fuente: Europa Press

jueves, 27 de febrero de 2014

Burgos, los autocaravanistas pueden estar sujetos a fuertes multas

¡¡Atención Autocaravanistas!!

Las autoridades establecerán multas de hasta 3.000 €, está sanción municipal sería por lo que ellos llaman perturbar la tranquilidad. En general, es verdad que esto sucede con ciertos automovilistas, como los casos del botellón, pero es importante constatar que este tipo de situaciones no suele darse con el colectivo de autocaravanistas. 

Se puede entender que el municipio quiera establecer un cierto orden, siempre que esté dentro de sus competencias. Las autocaravanas están fabricadas expresamente para que se pueda pernoctar en ellas, siempre y cuando estén en un lugar donde el aparcamiento esté permitido y, asimismo, no desplieguen ningún elemento fuera del perímetro de la autocaravana. 

Eso sí, enlazando con lo anterior, el municipio que quiera limitar alguna zona, primero tiene que dar alternativas (como se hace en otros países, ejemplo: Francia). 

Que se sepa, hasta el momento, no existe ninguna área de servicio o aparcamiento para autocaravanas en Burgos y alrededores, algo realmente sorprendente e incalificable para una capital importante.

Como reflexión, sería bueno que las autoridades actúen con cordura antes de tomar decisiones precipitadas. Como está comprobado, las imposiciones nunca han funcionado. La prohibición para los autocaravanistas, sin una alternativa razonable, no es la solución. 

sábado, 24 de noviembre de 2012

EL NUEVO PERMISO DE CONDUCCIÓN C1 PARA AUTOCARAVANAS EN LA UE

 Reunión de la Comisión de Autocaravanismo Europeo de la FICC en Bruselas, 16 de noviembre de 2012

El permiso de conducción C1 exclusivo para autocaravanistas con permiso B será una realidad. Esta información significa que el borrador ha sido distribuido por el Parlamento Europeo. Y la Comisión de Autocaravanismo de la FICC jugó un papel vital -con contactos directos-, ya que ha sido un tema recurrente en numerosos simposios, reuniones y el punto principal en la agenda de esta Comisión desde el año 2005.

Es un cambio significativo para los autocaravanistas y la industria de la autocaravana; lo cual significa que la prueba para el permiso de conducción para vehículos de la categoría C1 se adaptará a las características de la variedad considerable de tipos de vehículos de esa categoría. El objetivo de este cambio es el de reducir el riesgo de sobrecarga de los vehículos de categoría B que se utilizan con preferencia a los vehículos de categoría C1 (a fin de evitar el coste de la formación y pruebas adicionales necesarias para conducir vehículos de la categoría C1 (sólo autocaravanas, sin aplicación para vehículos comerciales). La fecha de ejecución estimada es a principios de 2014.

Normalmente, la Comisión Europea de Autocaravanismo de la FICC celebra sus reuniones en diferentes países europeos, pero esta vez fue en Bruselas, en la sede de la FICC.
A la reunión asistieron los siguientes miembros de la Comisión: José Iglesias González, Presidente de la Comisión de Autocaravanismo de la FICC; Les Kendrick, del Motorcaravanners’ Club (un club autocaravanista), Reino Unido; Dr. Gianni Picilli, Presidente de Confedercampeggio, (Federación Italiana) Italia; Chris Wells, miembro del Consejo de" El Camping  and Caravaning Club, Reino Unido; Gérard Coute, el presidente de la Federación Francesa.

Los miembros de la Comisión examinaron importantes cuestiones al autocaravanismo y las distintas normativas de la Unión europea, como el permiso de conducción C1 para autocaravanistas, mencionado anteriormente, las áreas de servicio para autocaravanas en Europa, "zonas ecológicas o de bajas emisiones" ambientales en Europa (para las cuales se existe pago específico para acceder a ciertas ciudades), información técnica, remolque con autocaravana y sus reglamentos en los países de la UE figuraron, entre otros temas, en la agenda de la Comisión.

La tarea principal del grupo de la Comisión es aclarar situaciones controvertidas o aquellas que suscitan preocupación en la comunidad autocaravanista; más aún, cuando estamos hablando de diferentes regulaciones y normas que no están homologadas en la UE. Ciertamente, nuestro trabajo se centra en la búsqueda de soluciones que puedan ser procesadas ​​por la Unión Europea.

Nuestra próxima reunión será en Lisboa, el sábado 6 de abril de 2013. Cuando esto tenga lugar estaremos encantados de mantenerle informado.
¡Hasta entonces!

Afectuosos saludos,

La Comisión Europea de Autocaravanismo de la FICC                                       17 de noviembre de 2012

sábado, 6 de agosto de 2011

Peso de las Autocaravanas y Permiso de Conducir


Desde la Federación Española de Asociaciones Autocaravanistas (FEAA), debemos recordar a todos los afiliados a los clubes y Asociaciones federadas la necesidad de adaptar la MMA a la normativa actual en la UE sobre los permisos de conducción. A este respecto es necesario advertir que circular con exceso de peso acarrea el riesgo de sufrir sanciones e incluso la inmovilización del vehículo. Este problema es especialmente grave en algunos países que están ejerciendo un control de pesos.

La Federation Internationale des Clubs de Motorhomes (FICM) está tratando desde hace tiempo que la Comisión dicte una Directiva para que el permiso de clase B, permita conducir una autocaravana de más de 3,5 Tm.
Hasta el momento, a pesar del apoyo de varios miembros del Parlamento Europeo y a pesar de las  cartas dirigidas a la Comisión por diferentes clubes afiliados a la FICM, por el momento, no hay ninguna razón para el optimismo.

Los constructores de autocaravanas han ido dotando de numerosas comodidades que han hecho incrementar el tamaño y el peso, de forma que una encuesta realizada en 2008 revelaba que el 80% de estos vehículos circulaban con sobrepeso.

Entretanto los constructores de vehículos enviaron, con ocasión de la elaboración  de una directiva europea destinada a reemplazar  la directiva 1991/439/CE, de 29 de julio, una enmienda al proyecto proponiendo que las autocaravanas cuya MMA fuese igual o inferior a 4,250 Tm pudiera ser conducida con el permiso de tipo B.

Desdichadamente la enmienda fue rechazada por la Comisión y la nueva directiva fue aprobada el 20 de diciembre de 2006 sin incluir la propuesta obligando a partir de entonces a aligerar el peso de los vehículos.
Sin embargo, el problema se ha mantenido y se ha agravado a partir de 2010 debido a un incremento de la potencia de los motores. Una encuesta realizada en primavera de 2010 por la revista “Camping Car Magazine” reveló que el 50% de las autocaravanas circulaban por Francia con sobrepeso exponiéndose a denuncias y a ser inmovilizadas eventualmente.

La FICM opina que las causas de estas anomalías se centran en:
El incumplimiento por parte de los constructores de las normas  en vigor en materia de masas y dimensiones de los vehículos de categoría M1, especialmente en lo relacionado a la carga útil.
Las ofertas de los concesionarios que promocionan la venta con adición gratuita de accesorios que incrementan el peso  reduciendo la carga útil ya de por sí insuficiente.
Las administraciones públicas que aprueban, sin la debida verificación, los dosieres de homologación presentados por los constructores.

También ciertos usuarios que cargan demasiado sus vehículos, aunque según la FICM, no es la causa principal sobre todo después de las campañas de información (En Francia).

Según la FICM una posible solución pasa por hacer que los constructores de autocaravanas fabriquen vehículos con una carga útil que no sea inferior a los 400 kilos y la posibilidad de conducir un vehículo de más de 3,5 Tm de MMA sin la obligación de disponer de un permiso de conducir dedicado al transporte de mercancías.

Con este objetivo la FICM ha solicitado el 1º de diciembre de 2009 al Presidente de la Comisión Europea la creación de un permiso de conducir C1 “Vehículos de Recreo”. La respuesta recibida del Director General de la Energía y de los Transportes de la Comisión remite al estudio eventual de la cuestión posterior a la entrada en vigor de la Directiva 2006/126/CE, de 20 de diciembre.

Este permiso requería las mismas pruebas conducción y manejabilidad que los vehículos de una MMA superior a 3,5 Tm e inferior a 7,5 Tm, definidas en la Directiva 2006/126, exentos de todo lo concerniente al transporte de mercancías. También la FICM estima que las condiciones físicas para la conducción, controladas en el examen médico, deberían ser las del grupo 1, puesto que son las mismas que se requieren para conducir un conjunto compuesto por un automóvil de hasta 3,5 Tm de MMA y una caravana que puede llegar a los 3,5 Tm.

Ciertos países, entre ellos Francia, permiten la conducción de autocaravanas de más de 3,5 Tm de MMA (PTAC) con el permiso de de conducir B obtenido antes de 20 de enero de 1973. Este permiso tiene validez en todo el territorio de la UE.
Fuente: FEAA.

jueves, 27 de diciembre de 2007

Límite de Peso de las Autocaravanas y su Gran Incógnita



¿SE RESOLVERÁ EL LÍMITE DEL PESO DE LAS AUTOCARAVANAS?

Intentaremos dar respuesta a esta pregunta analizando el contenido actual:

En el último Simposio Internacional de Caravanismo de Barcelona se han puesto de manifiesto algunos aspectos interesantes, pero no menos polémicos, de los futuros planes en la Unión Europea sobre los límites de peso para caravanas con vehículo tractor; sin embargo, las autocaravanas están aún bastante apartadas de este objetivo.

Para las autocaravanas el límite se mantiene en el máximo de 3.500 Kg, la Comisión de la Unión Europea que implementó la 3ª directiva - 2006/126/EC- tiene la firme intención de convertirla en ley nacional en cada uno de los países integrantes; a pesar de que había esperanzas para los autocaravanistas de cambiar esta situación, no se logrará una mejora hasta el año 2014/2015 - que en todo caso no podemos dejar admitir que es hipotética.


LA 3ª DIRECTIVA EUROPEA -2006/126/EC - estipula siguiente:
  • Mejorar la seguridad vial
  • Prevenir el fraude del carnet de conducir
  • Facilitar el libre movimiento entre países
  • Permiso de conducir único para todo Europa que, como todos sabemos, ya está implantado en algunos países europeos.
  • Este Permiso de conducir reemplazará a los 110 modelos existentes
  • El período de validez estará limitado entre 10/15 años
No obstante, conviene explicar con más de detalle esta propuesta que afectará a todo el mundo del caravaning (autocaravanas, caravanas y remolques-tienda).

¿QUÉ QUERÍA REALMENTE BRUSELAS?

La idea original (propuesta de 2003) era imponer un carnet de categoría E para todos los remolques de más 750 Kg. que son, aproximadamente, el 97% del mercado.
Tres años más tarde después de una incesante y masiva presión por parte de las compañías afectadas se logró lo anteriormente mencionado.


En la actualidad con el antiguo carnet (1991):

Las combinaciones del vehículo tractor, categoría B, con el remolque no deben exceder más de 3.500 Kg. en su peso total, teniendo en cuenta que la máxima autorizada del remolque cuando está descargado no puede, en ningún caso, sobrepasar el peso del vehículo tractor.

Con la nueva directiva a comienzos del 2013:

Las combinaciones de esta masa autorizada no debe exceder los 4250 Kg. - como en el caso anterior, el peso del remolque no superará al vehículo tractor; para que esto sea aplicable los estados miembros requerirán que los conductores (clase B) se sometan a un entrenamiento y/o test según estimen conveniente en cada país.

El peso en el caravaning (autocaravana, caravana y remolque-tienda):

Desde hace algún tiempo la tendencia se inclina por vehículos más pesados: vehículos tractores, caravanas y autocaravanas e incluso remolques-tienda son un claro ejemplo en el mercado. No es ninguna novedad y, por tanto, es una consecuencia lógica, los fabricantes ofrecen cada vez mayor confort y fiabilidad - como es bien sabido, para lograr lo anterior no hay varitas mágicas. Sólo el 35% de las combinaciones referidas cumple con la normativa, cuando están en uso, en lo que categoría B se refiere.

Sin duda, esta pauta es irremediable; los vehículos cuando salen de fabrica, en muchos casos, están prácticamente al límite en lo que a peso se refiere. Ante esta situación es muy fácil que los usuarios excedan el máximo establecido. Por ello, la nueva normativa - aunque con mucho retraso - es muy conveniente para que estos vehículos circulen en la legalidad y, sobre todo, con más seguridad.

Al menos, los vehículos articulados con las anteriores características lo tendrán mejor en el año 2013.

Desafortunadamente, en todo este tinglado de normativas los más perjudicados son los autocaravanistas que hasta el 2014/ 2015 tienen una camino de negociación incierto.

Para resumir la situación, por el momento queda del siguiente modo:


  • 2008, propuesta a los países miembros de la UE para comenzar los sistemas de entrenamiento y/o test que se decidan aplicar.
  • 2011, todos los países integrantes deben comenzar las preparaciones: es decir, cursos de entrenamiento, test o ambos.
  • 2013, aplicación de la Directiva que ya debe funcionar en toda la UE.
  • 2015, con posibilidad de empezar nuevas conversaciones en 2014, se abordará el tema de las autocaravanas y otros vehículos similares.
(Fuente: Depart. Técnico del ECF (Federación Europea de Caravanas)

En todo caso, queda mucho tiempo por delante y -como es de sobra conocido, todos los debates de la Comisión Europea van con excesiva lentitud - podría haber cambios inesperados. Las fabricantes y compañías distribuidoras no se están quedando con los brazos cruzados; por supuesto, son ellos quien más pueden influir en la EU. En este sector del caravaning hay mucho capital en juego. Por suerte, a largo plazo, esa es una baza que juega en beneficio de los usuarios.