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jueves, 2 de julio de 2026

Las autocaravanas podrán estacionar en cascos urbanos bajo igualdad legal

Esta es una reforma que será de aplicación a partir del próximo 1 de octubre y sentará las bases con tres requisitos imprescindibles. 

El BOE prohíbe a los ayuntamientos restringir el aparcamiento de autocaravanas solo por su tipo de vehículo.

Según el Reglamento de Circulación, las autocaravanas tienen los mismos derechos de estacionamiento urbano que cualquier coche. La reforma del Reglamento General de Circulación equipara el aparcamiento de las autocaravanas al de los turismos. Las ciudades no pueden discriminar a las autocaravanas al aparcar, según la nueva norma del BOE.

Como se ha mencionado, esta reforma entrará en vigor el día 1 de octubre de 2026 incorporando en un apartado al artículo 92 del Reglamento General de Circulación, que fijan las condiciones que deben cumplir las autocaravanas cuando estacionan en la calle. El fin esclarecer cuándo un vehículo vivienda está realizando una actividad de acampada o se le considera estacionado.

Qué normas se deben cumplir para que una autocaravana pueda aparcar

Requisito clave para estacionar, el vehículo no debe superar su perímetro con elementos externos, como se describe a continuación:

  • No se pueden desplegar toldos
  • Prohibido sacar mesas o sillas
  • Tampoco se pueden sacar escalones; si es un vehículo con escalones automáticos solo se utilizarán exclusivamente para bajar o subir y se deben plegar nuevamente.

Si se cumplen estas normas, se evitarán sorpresas desagradables.

¡Buenas y felices salidas autocaravanistas!

miércoles, 18 de marzo de 2026

Cómo evitar multas en Europa en las zonas de bajas emisiones

 Cada vez se introducen más zonas de bajas emisiones temporales y permanentes en Europa, incluido España


El tráfico rodado europeo se caracteriza cada vez más por prohibiciones de entrada regionales y zonas medioambientales debido a los mayores niveles de partículas y óxido de nitrógeno en las ciudades y municipios.

La Directiva de calidad del aire de la UE 2008/50 / CE, vigente desde el 11 de junio de 2008, constituye la base para evitar los riesgos para la salud del polvo fino y el dióxido de nitrógeno.
Esto da como resultado normas y reglamentos nacionales, que luego se implementan regional o nacionalmente en los países de la UE correspondientes, o se aplican en ciudades y municipios a través de reglas o excepciones especiales nacionales o locales complicadas.

Por lo tanto, Green-Zones muestra el tráfico de automóviles comerciales y turísticos en Europa, qué zonas ambientales están establecidas en qué países, qué regulaciones regionales y excepciones son válidas, qué respectivas insignias y viñetas ambientales se requieren para ingresar o se pueden comprar, de modo que evite pagar multas extremadamente altas cuando se conduce a zonas bajas emisiones sin autorización.

Por ello, antes de viajar asegúrese de que tiene la viñeta o pegatina correspondiente. Haga clic en el siguiente enlace para solicitar su viñeta en varias partes de Europa: 
Si es para zonas de baja emisión en España también se puede adquirir en las oficinas de correos.

Tenga en cuenta que, dependiendo del año de matriculación de su vehículo, no será posible circular por dichas zonas de baja emisión. Consulte las zonas de baja emisión en Europa: